Nadie, ni gobiernos ni ciudadanos ni personal sanitario o académico, estaba preparado para la COVID-19. Con mejores o peores resultados, cada país ha implementado sus propias medidas para afrontar la pandemia. Mantener la vida y responder a las necesidades sociales, mientras se apuntalan las estructuras económicas, es el principal reto.

A 69 días del primer diagnóstico del nuevo coronavirus en Cuba, el pasado 11 de marzo, no se ha decretado estado de emergencia ni cuarentena general. Desde entonces se contabilizan casi 180 medidas implementadas, algunas de alcance nacional e impacto social elevado y otras para territorios, grupos y sectores específicos, dictadas desde las instituciones.

El Gobierno desarrolló el Plan para la prevención y control de la COVID-19 –que no se ha publicado íntegramente– con la participación de todos los organismos estatales. Sin embargo, no fue hasta el 12 de mayo que el Ministerio de Salud Pública publicó las disposiciones sanitarias de carácter nacional, las cuales se estaban ejecutando desde el 8 de abril, cuando el país entró en la fase de transmisión autóctona limitada.

¿Qué se ha hecho en Cuba?

Aunque en general la respuesta a la crisis ha sido favorable –se transmite información continuamente y el sistema de salud garantiza la atención de todos los pacientes–, la ciudadanía ha debatido sobre la legalidad y pertinencia de ciertas medidas. Por ejemplo, mientras una parte del mundo vivía en crisis, Cuba se ratificaba como destino seguro para el turismo, a pesar de tener el primer caso confirmado de COVID-19. Luego de fuertes presiones populares, el Gobierno decidió cerrar parcialmente las fronteras el 24 de marzo; días después, anunció una fecha límite para la entrada de residentes y la prohibición de salida para todos los nacionales. Una decisión difícil, considerando que el turismo es la segunda fuente de ingresos de la economía nacional.

La suspensión de las actividades docentes, culturales, deportivas y religiosas; la protección de núcleos familiares con bajos ingresos; la garantía salarial –100 % durante el primer mes y 60 % en los meses siguientes– para trabajadores que vean interrumpidas sus actividades laborales; así como exonerar del pago de impuestos a trabajadores por cuenta propia en paro laboral, son algunas de las disposiciones de mayor impacto social.

En general, las medidas se pueden catalogar como:

  • higiénico-sanitarias: aquellas relacionadas directamente con prevenir o erradicar situaciones de salud,
  • sociales: su ejecución impacta positiva o negativamente en sectores determinados de la población,
  • económicas: modifican o afectan la estructura económica del país,
  • políticas: tienen un impacto general en el sistema político y su puesta en vigor solo corresponde a las máximas autoridades,
  • institucionales: están encaminadas a modificar la actuación de una institución específica en su rutina o sistema de trabajo.

Las autoridades insisten en que las decisiones fueron graduales. Se puede notar una radicalización en algunas de las que ya existían. Por ejemplo, antes de suspender totalmente el transporte público, el pasado 4 de mayo, se comenzó por restringir el número de pasajeros y orientar el uso obligatorio del nasobuco. Incluso, se anunció la paralización de 37 000 vehículos estatales.

Ante la preocupación expresada en medios de comunicación y redes sociales, se aprobó un respaldo salarial para aquellas mujeres con responsabilidades en el cuidado de niños en edad preescolar durante el cierre de círculos infantiles.

El Gobierno adecua su estructura

Los Consejos de Defensa provinciales y las Direcciones de Salud son responsables de las medidas restrictivas y de cuarentena en los territorios (Foto: Yailín Alfaro).

Desde el 23 de marzo, el presidente de la República decidió activar los Consejos de Defensa provinciales y algunos municipales. Esta estructura de mando –prevista en la Ley de Defensa Nacional para situaciones de emergencia, guerra o desastres naturales– establece claramente la jerarquía local.

A diferencia de otras situaciones excepcionales, no se activó el Consejo de Defensa Nacional. Se creó un grupo de trabajo permanente, presidido por el primer ministro Manuel Marrero Cruz e integrado por el resto de los ministros y directores de instituciones nacionales. Cada día, representantes de este grupo se reúnen con el presidente Miguel Díaz-Canel Bermúdez para actualizar la situación en el país y “ajustar el plan” según evolucione la pandemia.

Otra directiva importante fue la responsabilidad asignada a los Consejos de Defensa provinciales y a las Direcciones de Salud para decidir, aplicar y controlar medidas restrictivas y de cuarentena en los distintos territorios.

Las autoridades locales han gestionado soluciones propias en los 44 eventos de transmisión local declarados hasta hoy en el país. Este carácter descentralizado trae consigo que la cantidad, variedad y alcance de las medidas en los territorios varíe. Algunos han optado por aplicar disposiciones más generales y rigurosas, como el toque de queda vigente en toda la provincia de Pinar del Río o la prohibición de entrada de vehículos a la provincia de Granma. Otros se enfocan en medidas más localizadas, como reforzar el distanciamiento social, decretar fases de cuarentena o reordenar la distribución de alimentos en consejos populares, barrios, instituciones o comunidades específicas.

Históricamente, ante escenarios de emergencia como desastres naturales, aunque se activaban los Consejos de Defensa provinciales y municipales de las zonas afectadas, decretar las fases y sus medidas asociadas era competencia del Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil.

Es oficial, pero no es ley

Llama la atención que la mayoría de las medidas anunciadas por las autoridades no necesariamente han estado avaladas por normas legales publicadas, ni siquiera cuando han modificado leyes vigentes.

Por solo citar un ejemplo, entre el 17 de marzo y el 12 de mayo se han publicado 29 ediciones de la Gaceta Oficial de la República de Cuba con más de 135 normas jurídicas, y solo 14 de ellas se relacionan con la pandemia: una instrucción del Tribunal Supremo Popular, una resolución del Ministerio de Transporte y una del Ministerio de la Construcción, dos del Ministerio de Educación Superior y dos del Banco Central, tres del Ministerio de Finanzas y Precios y cuatro del Ministerio de Salud Pública, la mayoría con indicaciones de carácter interno.

El pasado 12 de mayo se publicó la Resolución No. 128 del Ministerio de Salud Pública que dispone, entre otras cuestiones, el uso obligatorio del nasobuco y mantener el distanciamiento social. Sin embargo, las acciones judiciales contra aquellos que incumplen se vienen aplicando desde finales del mes de marzo.

Con el objetivo de evitar las ilegalidades se implementó un grupo de medidas encaminadas a reforzar la labor policial en las calles, así como la aprobación de la presencia de un representante de la Fiscalía en todas las unidades policiales de la capital.

Entre el 27 de marzo y el 30 de abril fueron sancionadas 503 personas en el país por violaciones de las medidas adoptadas para combatir la COVID-19. Se celebraron 418 juicios para tramitar, entre otras figuras delictivas, la propagación de epidemias, acaparamiento, resistencia y desacato, según declaró Otto Molina Rodríguez presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Popular.

El componente televisivo de algunas acciones de control y sanciones judiciales ha sido cuestionado en medios y redes sociales.

¿Qué quedará?

El Gobierno anunció que se preparan condiciones para un retorno progresivo a la normalidad (Foto: Sadiel Mederos).

Para que se reconozca el cese de la propagación de la enfermedad en el país, el Ministerio de Salud Pública ha explicado que es necesario que transcurran 28 días luego del último caso detectado; sin embargo, el pasado 8 de mayo, en la reunión del grupo de trabajo gubernamental se anunció que se están preparando condiciones para volver a la normalidad progresivamente, en cuanto sea posible.

Algunas de las medidas tomadas para enfrentar la COVID-19 recurren a acciones punitivas o que limitan derechos como la libertad de movimiento, de reunión, de expresión; otras dejan un acumulado social y político importante en lo que respecta a la coordinación entre Gobierno y autoridades locales, nuevas formas de organización del trabajo o acciones para impulsar el comercio electrónico.

Incluso, algunas de las decisiones corresponden a antiguas demandas de la ciudadanía. Una de ellas es la posibilidad de que los cubanos no pierdan la condición de Residentes Permanentes en el territorio nacional luego de cumplir 24 meses de estancia ininterrumpida en el extranjero.

¿Cuántas de estas medidas podrían permanecer activas tras el paso de la pandemia?, es la pregunta que hoy centra el debate de expertos y ciudadanos.

 

Este proyecto fue apoyado a través del programa de Microgrants Check Global COVID-19. 

Sobre el autor

Jessica Domínguez Delgado

Periodista, editora web en 'elTOQUE' y educadora popular. Graduada en la Facultad de Comunicación de la Universidad de la Habana (2014). Trabajó durante dos años en el Equipo de Comunicación de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Ha colaborado medios como 'Progreso Semanal', 'World Panorama' y es parte del equipo fundador de 'Postdata.club'. También ha impartido docencia sobre Periodismo de Datos y actualmente es editora del Boletín Caminos. Es coautora del 'Manual de Gestión de Comunicación para órganos locales del Poder Popular' (2017).

Sobre el autor

Yery Menéndez García

Periodista de elTOQUE.

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